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Planes de Luz Iberdrola
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¿Qué quieres contratar?
- Promoción desglosada de las siguiente manera:
Descuento de 100€ que se aplicará trimestralmente los primeros 12 meses de la duración del contrato en cuantías de 25€ en las facturas emitidas pasados los 3 meses, 6 meses, 9 meses y 12 meses tras la contratación del Plan y siempre que en dicha fecha se continúe de alta con el mismo Plan contratado.
Podrá tener un descuento adicional de 20€ que se aplicará trimestralmente en cuantías de 5€ en las facturas emitidas pasados los 3 meses, 6 meses, 9 meses y 12 meses si contrata el servicio de Pack Iberdrola Hogar y condicionado a tenerlo activo.
*El precio de horas promocionadas se aplicará a un máximo del 70% de la energía facturada por periodo de facturación. En el caso de que la energía consumida en horas promocionadas por periodo de facturación sea superior al 70% de la energía facturada, entonces se aplicará el precio no promocionado a la energía restante
LUZ: 20% de descuento sobre el consumo durante 12 meses condicionado a contratar el servicio Protección Eléctrica Hogar (15% en caso de no contratarlo). El servicio Protección Eléctrica Hogar disfrutará de un 50% de descuento durante las 4 primeras cuotas. Adicionalmente se aplicará un descuento de 60€ en la siguiente factura tras cumplir 90 días desde la activación del contrato. Promoción aplicable a suministros con potencia contratada igual o inferior a 10kW.
GAS: 15 % de descuento en el término fijo y termino variable durante 12 meses condicionado a contratar el Pack Mantenimiento Gas (10% si no se contrata el Pack Mantenimiento Gas). Adicionalmente se aplicará un descuento de 40€ en la siguiente factura tras cumplir 90 días desde la activación del contrato. Promoción aplicable a suministros con tarifas de peaje 3.1 y 3.2.
Promoción válida para nuevos clientes, contratando cualquiera de nuestros planes de luz y de gas (Tarifas de acceso 2.0A, 2.0DHA, 3.1 y 3.2).
La duración del contrato es de 12 meses desde la fecha de inicio del suministro.
Servicio de Asistencia Hogar Iberdrola incluido para siempre y de forma gratuita en los contratos de electricidad y gas.
(*) Iberdrola se compromete a mantener tus precios fijos a 5 años sin compromiso de permanencia. Iberdrola únicamente te repercutirá el IPC y se te actualizarán los conceptos regulados al alza o a la baja en caso de haber modificaciones. Recuerda además que los Planes a Tu Medida son completamente flexibles y puedes cambiarte a un nuevo Plan cuando zquieras, salvo de un Plan Verano a un Plan Invierno o viceversa.
A los precios se añadirá el coste regulado asociado al mecanismo de financiación del bono social: Coste fijo por cliente (comercialización) de 0,038454614 €/día. Estos precios no incluyen el coste del mecanismo de ajuste de costes de producción (Real Decreto-ley 10/2022), pago al Operador del Sistema y el pago al Operador del Mercado. Estos conceptos regulados se verán reflejados como conceptos de facturación adiciona en la sección de "Cargos Normativos":
"Mecanismo ajuste Operador del Sistema RDL 10/2022" que resulta de repartir el coste del mecanismo de ajuste en las liquidaciones que realice el Operador del Sistema. Se calculará multiplicado el consumo facturado por el coste horario del mecanismo publicado diariamente por REE, según el perfil inicial vigente de REE correspondiente a la tarifa de acceso del suministro.
"Tope precio del gas RDL 10/2022", se calculará multiplicado el consumo facturado por el coste horario del mecanismo publicado diariamente por OMIE, según el perfil inicial vigente de REE correspondiente a la tarifa de acceso del suministro.
Estos cargos normativos no aplican a Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla.
* Los impuestos aplicables en cada momento y que se desglosarán en factura serán: para el suministro de electricidad el Impuesto Eléctrico (5,113% o 0,5% o el importe mínimo de 0,5 €/MWh o de 1 €/MWh, o según corresponda por ley) y para el suministro de gas el impuesto de hidrocarburos (0,00234€/kWh o según corresponda por ley). Adicionalmente, aplica el IVA en Península y Baleares (21% o 5% o según corresponda por ley), en Canarias se aplica el IGIC (0%, 3% o 7% o según corresponda por ley) y en Ceuta y Melilla el IPSI (1% o 4% o según corresponda por ley). Los seguros incluyen los impuestos (IPS), el recargo del Consorcio de Compensación de Seguros y las comisiones de mediación, que no están sujetos a IVA. - Ver precios/tarifas Luz y Gas Ver aquí
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